ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO

ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO

Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la personal para ser nombrada Juez de Paz sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
En el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de 2 de noviembre se ha publicado anuncio y se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

 

El 22 de noviembre finalizará el citado plazo.